Presupuestos Generales del Estado 2021

Extracto:

Quedan aprobados por el Senado los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, que claramente afectan a las rentas más altas, tanto a particulares con grandes rendimientos o ganancias de capital, como a trabajadores con altas rentas del trabajo. 

Presupuestos Generales del Estado 2021

Ayer día 23 de diciembre de 2020, han quedado aprobados por el Senado los Presupuestos Generales del Estado para 2021 que entrarán en vigor el próximo 1 de enero. 

Como persona física, ¿sabes cómo te afectan estos presupuestos? ¿qué impacto tienen en tus impuestos? ¿vas a pagar más este año 2021? 

No son muchos los cambios introducidos por la Ley de Presupuestos, pero si claramente afectan a las rentas más altas, tanto a particulares con grandes rendimientos o ganancias de capital, como a trabajadores con altas rentas del trabajo. 

Entre otras, podemos destacar las siguientes modificaciones, que serán relevantes para en el pago de impuestos para el próximo ejercicio fiscal 2021, que da comienzo en los próximos días: 

  • Respecto de los contribuyentes no residentes a efectos fiscales, cabe destacar la inclusión en la exención de intereses y otros rendimientos por cesión de capitales a terceros, así como en las ganancias de capital derivadas de la venta de bienes muebles obtenidos sin mediación de establecimiento permanente, para las personas residentes en países del Espacio Económico Europeo y no solo de aquellos residentes en otros países de la Unión Europea como venía siendo hasta ahora. 
  • Para los contribuyentes residentes en España, cabe mencionar la subida de los tipos de gravamen en los siguientes casos:
    • 2 puntos porcentuales (del 45% al 47%) para rentas y ganancias de la base imponible general superiores a EUR 300.000. 
    • 3 puntos porcentuales (del 23% al 26%) para rentas y ganancias de la base imponible del ahorro superiores a EUR 200.000. 
  • Es importante señalar que estos incrementos, sólo son de aplicación al tramo estatal de la base imponible, es decir, solo afectan al 50% dado que, sobre el 50% restante es de aplicación lo que sea aprobado por cada comunidad autónoma. 
  • Para aquellas personas que se encuentren bajo el Régimen Especial de trabajadores desplazados a territorio español, cabe destacar el incremento del 45% al 47% en el tipo de gravamen para rentas de la base general superiores a EUR 600.000 y la inclusión del tramo del 26% para rentas del ahorro superiores a EUR 200.000. 
  • Respecto al beneficio fiscal por la reducción de aportaciones a planes de pensiones y similares, se reduce de EUR 8.000 a EUR 2.000cuando las contribuciones sean privadas, pero se amplía hasta EUR 8.000 las que realice el empleador, aumentando por lo tanto el límite conjunto de reducción (empresa y trabajador) de EUR 8.000 a EUR 10.000.  
  • Además, las contribuciones a favor del cónyuge quedan reducidas de EUR 2.500 a EUR 1.000. 
  • Otro de los grandes cambios es en el Impuesto sobre el Patrimonio en el que se producen dos grandes cambios: 
    • Se deroga expresamente la bonificación general en la cuota y a partir de ahora se hará anualmente (o no) una prórroga del impuesto.  
    • Se sube en 1 punto porcentual el tipo de gravamen marginal del impuesto (del 2,5% al 3,5%) y que se aplica a patrimonios netos superiores a los EUR 10.000.000 

A priori, este último cambio, en tanto no se incorporen otras medidas, será de aplicación a aquellos contribuyentes que tributen por obligación real y a aquellos otros en los que la Comunidad Autónoma no hubiese aprobado su propia tarifa.  

Finalmente, en lo que respecta a las contribuciones a la Seguridad Social, la base máxima de cotización mensual de base imponible se sigue situando en EUR 4.070,10 y no se ha realizado cambios en los tipos de cotización del régimen general, así, en líneas generales la contribución máxima anual del trabajador será de EUR 3.101,42 (EUR 258,45 mensuales). 

¡Contacta con nosotros en info@albeatax.com si quieres comentar más a fondo alguno de estos cambios! 

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