En mi empresa trabajan varios directivos que están en asignación internacional. Previo a su desplazamiento a España, estos empleados fueron incluidos en el plan de incentivos a largo plazo que la Compañía tiene a nivel mundial. En los próximos meses vencerá este plan y recibirán el pago correspondiente. ¿Tengo obligación de retener a estos empleados por la totalidad del importe que van a recibir?
¿Cuáles son las ventajas fiscales que podrían aplicarse a los planes de incentivos? ¿Cómo puedo optimizarlo fiscalmente?
¿Cómo reflejar en la nómina del empleado la retribución percibida con ocasión de un plan de incentivos a largo plazo?