¿Quién está obligado a presentar el modelo 720? y ¿en qué fechas?

Estarán obligados a presentar el Modelo 720, las personas residentes fiscales en España en los siguientes supuestos:

  • Si es que nunca se ha presentado declaración con anterioridad, si alguno de los bloques antes expuestos supera el valor de 50.000 Euros.
  • Si se ha presentado la declaración anteriormente y se haya producido un incremento de 20.000 Euros en alguno de los bloques. O bien que en las declaraciones presentadas no se hubiera declarado algún bloque que pase a tener un valor superior a 50.000 Euros.
  • Se extinga la titularidad de un bien o derecho informado en una declaración anterior.

No estarán obligados a presentar el modelo 720 las personas que tengan la consideración de no residentes fiscales en España, ni aquellas que aún teniendo la consideración de residentes fiscales en España hayan optado por el Régimen Especial de Tributación (conocido como Ley Beckham)

La obligación de presentar el modelo 720 debe cumplirse entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente a aquel a que se refiera la información que se incluya en la declaración.

Más preguntas habituales sobre:

¿Hemos resuelto tu duda? ¿Necesitas más detalles? Rellena este formulario y nos pondremos en contacto contigo lo antes posible.