Estuve trabajando en España hace tiempo y luego volví a Reino Unido. Durante esa época compré una vivienda que actualmente está vacía, pero estoy pensando en alquilar. ¿Tengo que tener en cuenta alguna obligación fiscal?

El mero hecho de tener una vivienda en España puede generar los siguientes impuestos no residentes a efectos fiscales:

  • Impuesto sobre la Renta: se declara base imponible por imputación de rentas, por un importe del 1,1% o el 2% del valor catastral de la vivienda, al que en este caso se aplica un tipo de gravamen del 24%, al ser un residente en estado no miembro de la Unión Europea.
  • Impuesto sobre el Patrimonio: presuponiendo que la vivienda es el único bien en España, si su valor neto (valor de adquisición menos hipoteca pendiente) es superior a 700.000 euros, habrá obligación de presentar y pagar por este impuesto.

Por otro lado, si decide alquilar la vivienda, hay que tener en cuenta que, el Impuesto sobre el Patrimonio sigue siendo de aplicación, y además el importe recibido por el alquiler tributará, por el Impuesto sobre la Renta, a un tipo del 24% fijo, sin derecho a deducir ningún gasto asociado. La presentación de las declaraciones correspondientes al alquiler, para contribuyentes no residentes tienen carácter trimestral, por lo que se paga el impuesto cada tres meses.

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