¿Debo pagar impuestos en España por mis bitcoins?

En España, no existe una regulación específica en torno a las criptomonedas. No obstante, la Dirección General de Tributos, se ha pronunciado al respecto de este tipo de monedas en algunas consultas y claramente ha establecido que los usuarios de criptodivisas como el bitcoin deben pagar impuestos en determinadas situaciones.

Así, en relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, podemos concluir, teniendo en cuenta las resoluciones de la DGT lo siguiente:

  • El minado de criptomonedas es una actividad económica, y por tanto existirá para el “minero”, la obligación de tributar por el IRPF por los ingresos obtenidos a través de esta actividad, además de cumplir con las obligaciones de seguridad social que correspondan.
  • Las operaciones realizadas con criptomonedas, dan lugar a ganancias y pérdidas patrimoniales, que el contribuyente tendrá que integrar en su declaración anual por el IRPF que corresponda, aunque no se haya llegado a pasar a fiat (es decir a dinero de curso legal).
  • Si no se realiza ninguna operación con las criptomonedas, el mero incremento en la valoración del monedero, no dará lugar a ganancia o pérdida patrimonial alguna.

Por lo que respecta al Impuesto sobre el Patrimonio, la valoración del monedero digital a 31 de diciembre de cada año, deberá ser tenida en cuenta para determinar si, junto con el valor del resto de bienes y derechos, una persona puede estar obligada a presentar declaración por el Impuesto sobre el Patrimonio.

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